Principios orientadores

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 21.091 sobre Educación Superior, la calidad se entiende como un principio que orienta hacia la búsqueda de la excelencia y el logro de los propósitos declarados por cada institución y el Sistema de Educación Superior, con el objetivo de asegurar el logro de los aprendizajes de los estudiantes y la generación de conocimiento e innovación.

Por medio de la implementación coordinada de políticas de aseguramiento de la calidad de largo plazo, se espera contribuir a que las instituciones de Educación Superior puedan llevar adelante procesos de formación completos y pertinentes para el desarrollo personal y la empleabilidad futura de los estudiantes y generar el conocimiento e innovación que requiere el país, en un contexto que respete la autonomía de cada institución para definir su propio proyecto académico. En tal sentido, la existencia de proyectos diversos es uno de los principios definidos en la ley, por lo que el Comité de Coordinación del SINACES debe permitir y promover el ejercicio de esta autonomía en el desarrollo de cada proyecto institucional, comenzando por el reconocimiento de los diferentes subsistemas de Educación Superior.