Nuevo protocolo para actividades presenciales en Educación Superior flexibiliza restricciones en campus que registren un 80% de vacunación

Martes 12 de Octubre, 2021
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En el contexto del término del estado de excepción y de la importancia del retorno a las actividades formativas presenciales, el Ministerio de Educación, junto al Ministerio de Salud, presentaron el nuevo protocolo con las medidas sanitarias que regirán para las instituciones de Educación Superior que retomaron las clases en el aula o que aún están en ese proceso.

Entre las principales actualizaciones del protocolo, se elimina la exigencia de mantener 1 metro de distancia en aquellos campus o sedes en donde los estudiantes presenten un porcentaje de vacunación (con esquema completo) de un 80% o superior. Además, las instituciones podrán abrir independientemente de la Fase en que esté la localidad donde se ubiquen, en el marco del nuevo Plan Paso a Paso.

El subsecretario de Educación Superior, Juan Eduardo Vargas, insistió en la importancia de que las casas de estudio adopten cuanto antes todas las medidas que estén a su alcance para garantizar el retorno a clases presenciales de sus estudiantes.

“El llamado es a que las instituciones que aún no han retornado a la presencialidad o lo han hecho de una manera incipiente hagan sus máximos esfuerzos por realizar la mayor cantidad de actividades de carácter presencial, porque ello tiene un efecto tremendamente beneficioso entre los estudiantes, tanto por la recuperación de los aprendizajes como por su efecto en su salud mental”, señaló. “Para efectos de conseguir este objetivo, el nuevo protocolo permitirá recuperar los aforos previos a la pandemia, lo cual esperamos que termine por gatillar el retorno masivo a las actividades presenciales”, acotó. “En última instancia, se trata de que entre todos nos esforcemos por apoyar a nuestros estudiantes en la recuperación de su bienestar emocional, para lo cual el retorno es un aspecto clave”, concluyó.

Principales directrices del protocolo

*Medidas de autocuidado para estudiantes, docentes, académicos y administrativos

  • Asegurar las condiciones y los implementos necesarios para el lavado de manos frecuente con agua, jabón líquido y un sistema desechable de secado de manos.
  • Disponer de solución de alcohol gel al menos al 70% en todos los lugares que no cuenten con acceso a lavado de manos con agua y jabón de manera frecuente.
  • Usar mascarilla, de acuerdo con lo señalado al respecto en la Resolución Exenta N° 994 de 30 de septiembre de 2021, del Ministerio de Salud y sus modificaciones.

*Medidas para la realización de clases, talleres, laboratorios y reuniones en aquellas sedes o campus que alcancen un porcentaje de esquema completo de vacunación de 80% o más de sus estudiantes:

  1. Uso adecuado de mascarillas, es decir, que cubra nariz y boca, por parte de todos los estudiantes, profesores y personal en general que participen de la actividad.
  2. Mantener una ventilación adecuada de los espacios cerrados.
  3. Para las actividades en campos clínicos, se deben considerar las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud para esos efectos.
  4. En todo tipo de actividades presenciales, deberá mantenerse un registro de los asistentes, con el objeto de poder hacer la debida trazabilidad, en caso de ser necesario.
  5. Espacios como bibliotecas, lugares de estudio, salas de estar y otros podrán utilizarse, velándose por el correcto uso de mascarillas.
  6. Otro tipo de actividades tales como conferencias, seminarios, conciertos, ceremonias de titulación y similares deberán regirse por lo establecido en la Resolución N° 994, del Ministerio de Salud.

*Sobre las actividades deportivas de carácter formativo:

  1. Podrán realizarse actividades deportivas al aire libre de carácter formativo. Respecto de otras actividades deportivas del mismo carácter podrán realizarse, considerándose una adecuada ventilación.
  2. Respecto al uso de baños y camarines, en los espacios comunes se deberá usar mascarilla adecuadamente, es decir, que cubra nariz y boca.
  3. Respecto al uso de piscinas, se deberá mantener una distancia física de dos metros lineales, entre las personas, al encontrarse dentro del agua.

*Medidas para la realización de clases, talleres, laboratorios y reuniones en aquellas sedes o campus que no alcancen un 80% de sus estudiantes con esquema de vacunación completo.

Aplican las mismas que en el caso anterior, a las que se suma la siguiente:

  1. Mantener la distancia física mínima de 1 metro lineal entre personas, junto con una adecuada ventilación de los espacios. En el caso de talleres, laboratorios, salas de clases u otras instalaciones donde no sea posible mantener permanentemente el distanciamiento físico se deberá velar en forma especial por la adecuada ventilación en las instalaciones, además del uso correcto de las mascarillas.

Con respecto a los académicos, funcionarios y colaboradores que se desempeñen en las instituciones de educación superior, deberán regirse por las normas anteriores en ambos escenarios, en lo que sea pertinente, haciendo especial hincapié en el uso de mascarillas y en la adecuada ventilación de los espacios cerrados.

Descarga el protocolo aquí